
Desde el inicio de la segunda ola, el Gobierno dispuso una serie de medidas focalizadas para enfrentar la pandemia de la COVID-19 en el Perú.
En esta nota, conoce cuáles son las que debes acatar según el nivel de riesgo de tu lugar de residencia. Estas estarán vigentes entre el 10 y el 30 de mayo.
Cabe precisar que cada tres semanas cambia la clasificación de las provincias, pero las medidas restricciones se mantienen según el nivel de alerta.
Nivel de alerta extremo

– Restricción de vehículos particulares: domingos todo el día.
– Inmovilización social obligatoria estricta: de lunes a sábado de 9:00 p. m. a 4:00 a. m. del día siguiente. Los domingos durante las 24 horas.
– Establecimientos comerciales deben cerrar tres (03) horas antes del inicio del toque de queda.
– Transporte interprovincial terrestre: se permite con un aforo del 50% al 100%, según las disposiciones para viajes interprovinciales terrestres durante la emergencia nacional.
Aforos permitidos en espacios cerrados:
– Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 20%.
– Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento: 20%.
– Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 40%.
– Restaurantes y afines en zonas internas con ventilación: 30%. Se permite delivery de 4:00 a. m. a 11:00 p. m. de lunes a domingo.
– Templos y lugares de culto: 20%.
– Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y otros: 30%
– Artes escénicas en espacios abiertos (se prohíben eventos masivos, carnavales y fiestas costumbristas): 20%.
– Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 30%.
– Peluquerías, spa, barberías y afines (con ventilación): 40% previa cita.
– Bancos y otras entidades financieras: 40%.
– Delivery de farmacias y boticas: las 24 horas.
Aforos permitidos en espacios abiertos:
Sin restricción de aforos, respetando los protocolos, y previa autorización del gobierno local.
– Artes escénicas.
– Enseñanza cultural.
– Restaurantes y afines en zonas al aire libre.
– Áreas naturales protegidas, jardines botánicos y zoológicos.
– Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.
No está permitido:
– Uso de playas.
– Reuniones en espacios abiertos y cerrados.
– Eventos masivos, carnavales, fiestas costumbristas.
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