Este proyecto es distinto al evaluado por la Comisión de Economía del Congreso que haría posible el desembolso de hasta 4 UIT, equivalentes a S/ 17,200.
¿Cómo funcionaría?
Este proyecto de ley n°5674 facultaría el retiro del 100% de fondos acumulados para quienes no registren aportes ni retención por más de 12 meses consecutivos a la fecha de promulgación de la ley.
En caso se apruebe y luego se promulgada la ley, el retiro de fondos se realizaría de la siguiente manera:
El 34 % en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado.
El 33% a los 90 días calendario computados a partir del primer desembolso, a que se refiere el literal anterior.
El 33% a los 90 días calendario computados a partir del segundo desembolso, a que se refiere el literal anterior.
El texto indica que para preservar sus fondos, cada afiliado podrá solicitar pasar al “Fondo 0” al presentar la solicitud de su retiro.
Los fondos retirados tendrían caracter de intangibilidad y solo se podría se retener un 30% si el afiliado tiene deudas alimentarias.